TJUE: Ejecución de pena requiere extradición y consentimiento

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que una autoridad judicial no puede negarse a ejecutar una Orden de Detención Europea y asumir la ejecución de la pena por sí misma sin el consentimiento del Estado emisor.
La decisión se refiere a la aplicación de la Orden de Detención Europea (ODE) y al principio de confianza mutua entre los Estados miembros.
Según el caso, un ciudadano rumano fue condenado en Rumanía en 2017. En 2020, las autoridades italianas se negaron a extraditarlo desde Italia, donde había sido arrestado, y decidieron ejecutar la pena ellos mismos, alegando razones de reinserción social.
El TJUE subrayó que la negativa a ejecutar una ODE es una excepción y requiere el consentimiento del Estado emisor. Sin este consentimiento, la ODE sigue vigente.
La decisión también establece que el propósito de la reinserción social no prevalece sobre el principio de confianza mutua y la obligación de ejecutar la ODE.
Fuente: ΚΥΠΕ