Revisión de Multas por Declaraciones de Impuestos Cero y de Crédito Atrasadas

Se está considerando una reducción de las multas por la presentación tardía de declaraciones de impuestos cero y de crédito, especialmente cuando no surge ninguna obligación tributaria. La iniciativa sigue a las reacciones con respecto a las multas de 250 y 500 euros impuestas a autónomos y empresas.
El Comité de Política Fiscal recomienda una revisión del marco, enfatizando que la imposición de multas a las declaraciones sin obligación no está relacionada con daños fiscales.
Los cambios específicos que se están considerando incluyen no imponer una multa por declaraciones cero o de crédito sin impuestos a pagar, establecer un límite máximo de multa para múltiples declaraciones tardías y no imponer una multa cuando el monto adicional del impuesto sea de hasta 100 euros.
Se esperan decisiones pronto, con el objetivo de vincular las multas a la carga fiscal real.